Artículo 1273 del Código Civil de Honduras
En palabras simples
El legatario solo debe contribuir al pago de las deudas de la herencia cuando los bienes hereditarios no sean suficientes para cubrirlas. La responsabilidad del legatario es subsidiaria, es decir, los acreedores deben ejercer primero su acción contra los herederos y solo pueden cobrar al legatario si los herederos no tienen bienes suficientes.
Resumen generado con IA. El texto legal que vale es el de abajo.
Texto vigente
Los legatarios no son obligados a contribuir al pago de las deudas hereditarias, sino cuando al tiempo de abrirse la sucesión no haya habido en ella lo bastante para pagarlos.
La acción de los acreedores hereditarios contra los legatarios es un subsidio de la que tienen contra los herederos.