Artículo 1286 del Código Civil de Honduras
En palabras simples
Cuando los bienes de una herencia no alcanzan para pagar todos los legados, se debe establecer un orden de prioridad: primero se pagan los legados que el testador señaló como preferentes, luego los legados remuneratorios (aquellos que premian servicios prestados al testador), y finalmente los legados de cosa cierta y determinada que forman parte de los bienes heredables. Este sistema garantiza que se respete la voluntad del testador al momento de distribuir una herencia insuficiente.
Resumen generado con IA. El texto legal que vale es el de abajo.
Texto vigente
Si no hubiere lo bastante para cubrir todos los legados, el pago se hará en el orden siguiente:
Lo que el testador haya declarado preferente.Los remuneratorios.Los de cosa cierta y determinada que forma parte del caudal hereditario.