Artículo 1311 del Código Civil de Honduras
En palabras simples
Las donaciones que incluyen obligaciones económicas o cargas que pueden valuarse en dinero no se consideran completamente gratuitas, sino que su valor se reduce por el monto de esa carga que debe cumplir quien recibe el bien. En otras palabras, si alguien regala una propiedad pero le impone al receptor pagar deudas o realizar gastos, el valor real de la donación disminuye por esas obligaciones que asume el donatario.
Resumen generado con IA. El texto legal que vale es el de abajo.
Texto vigente
Las donaciones en que se impone al donatario un gravamen pecuniario, o que puede apreciarse en una suma determinada de dinero, no se entiende gratuita, sino con descuento del gravamen.