Artículo 1333 del Código Civil de Honduras
En palabras simples
La acción rescisoria de una donación tiene un plazo de cuatro años para ejercerse, contado a partir del momento en que el donatario incumple la obligación que le fue impuesta como condición de la donación. Este plazo es importante porque vencido el término, la acción caduca y ya no puede ejercerse para revocar la donación por incumplimiento.
Resumen generado con IA. El texto legal que vale es el de abajo.
Texto vigente
La acción rescisoria concedida por el artículo precedente terminará en cuatro (4) años, contados desde el día en que el donatario haya sido constituido en mora de cumplir la obligación impuesta.