Artículo 1351 del Código Civil de Honduras

En palabras simples

Quien tiene la obligación de dar algo debe entregar la cosa y, si es específica, también está obligado a cuidarla hasta entregarla, debiendo pagar daños y perjuicios si falla en esto, a menos que el acreedor se niegue a recibirla. El deber de conservar la cosa requiere que se use el cuidado necesario y apropiado en su custodia.

Resumen generado con IA. El texto legal que vale es el de abajo.

Texto vigente

La obligación de dar contiene la de entregar la cosa; y si esta es una especie o cuerpo cierto, contiene, además, la de conservarlo hasta la entrega, so pena de pagar los perjuicios al acreedor que no se ha constituido en mora de recibir.

La obligación de conservar la cosa exige que se emplee en su custodia el debido cuidado.