Artículo 1354 del Código Civil de Honduras

En palabras simples

Cuando alguien se obliga a entregar una cosa específica, también debe entregar todos los accesorios o complementos que le pertenecen, incluso si no fueron mencionados expresamente en el contrato. Los accesorios forman parte natural de la obligación principal y deben ser entregados junto con la cosa determinada, sin necesidad de pacto adicional.

Resumen generado con IA. El texto legal que vale es el de abajo.

Texto vigente

La obligación de dar cosa determinada comprende la de entregar sus accesorios, aunque no hayan sido mencionados.