Artículo 1389 del Código Civil de Honduras
En palabras simples
El término establecido en una obligación se considera beneficioso para ambas partes, acreedor y deudor, salvo que por el contexto o las circunstancias concretas se demuestre que fue establecido únicamente en favor de una de ellas. Esta presunción se aplica cuando no existe claridad sobre la intención de las partes al fijar el plazo en la obligación.
Resumen generado con IA. El texto legal que vale es el de abajo.
Texto vigente
Siempre que en las obligaciones se designa un término, se presume establecido en beneficio de acreedor y deudor, a no ser que del tenor de aquellas o de otras circunstancias, resultare haberse puesto en favor del uno o del otro.