Artículo 1409 del Código Civil de Honduras
En palabras simples
La novación que realiza el acreedor con uno de los deudores solidarios extingue la obligación para todos los demás deudores, a no ser que estos acepten voluntariamente participar en la nueva obligación creada. Esta norma protege a los codeudores solidarios al evitar que sean afectados por acuerdos que celebren otros deudores con el acreedor sin su consentimiento.
Resumen generado con IA. El texto legal que vale es el de abajo.
Texto vigente
La novación entre el acreedor y uno cualquiera de los deudores solidarios, libera a los otros, a menos que estos accedan a la obligación nuevamente constituida.