Artículo 1413 del Código Civil de Honduras
En palabras simples
Los herederos de un deudor solidario están obligados conjuntamente al pago total de la deuda, pero cada heredero solo responde por la parte de la deuda que corresponde a su porción hereditaria. Esta norma establece que aunque la responsabilidad solidaria se divide entre los herederos, cada uno carga solo con su parte proporcional según lo que heredó del deudor.
Resumen generado con IA. El texto legal que vale es el de abajo.
Texto vigente
Los herederos de cada uno de los deudores solidarios son, entre todos, obligados al total de la deuda; pero cada heredero será solamente responsable de aquella cuota de la deuda que corresponda a su porción hereditaria.