Artículo 1429 del Código Civil de Honduras
En palabras simples
El deudor queda liberado de su obligación cuando realiza el pago de forma honesta a la persona que se encuentra en posesión legítima del crédito. Esta disposición protege al deudor que actúa de buena fe, siempre que la persona que recibe el pago tenga la apariencia legal de ser acreedor. El requisito fundamental es que el pago sea efectuado sin conocimiento del deudor sobre vicios o defectos en el derecho del poseedor.
Resumen generado con IA. El texto legal que vale es el de abajo.
Texto vigente
El pago hecho de buena fe al que estuviere en posesión del crédito, liberará al deudor.