Artículo 1442 del Código Civil de Honduras

En palabras simples

El deudor que desee acogerse a la cesión de bienes debe demostrar que no fue culpable de la situación económica difícil en que se encuentra, cuando alguno de sus acreedores lo solicite. Esta prueba de inculpabilidad es una condición necesaria para que el deudor pueda beneficiarse de la cesión, protegiendo así los intereses de los acreedores al asegurar que el insolvencia no resultó de conducta dolosa o negligente del deudor.

Resumen generado con IA. El texto legal que vale es el de abajo.

Texto vigente

Para obtener la cesión, incumbe al deudor probar su inculpabilidad en el mal estado de sus negocios, siempre que alguno de los acreedores lo exija.