Artículo 1459 del Código Civil de Honduras

En palabras simples

La consignación es el depósito que hace el deudor del dinero o bien debido cuando el acreedor no quiere recibirlo. Si después de consignado el bien el acreedor permite que el deudor lo retire, el acreedor pierde todos sus derechos especiales sobre esa cosa y ya no puede exigir el pago con preferencia sobre otros acreedores. Además, cuando el acreedor autoriza el retiro de la consignación, quedan libres de toda obligación tanto los codeudores como los fiadores que respondían por esa deuda.

Resumen generado con IA. El texto legal que vale es el de abajo.

Texto vigente

Si hecha la consignación el acreedor autorizase al deudor para retirarla, perderá toda preferencia que tuviere sobre la cosa. Los codeudores y fiadores quedarán libres.