Artículo 1460 del Código Civil de Honduras

En palabras simples

La obligación de entregar una cosa específica se extingue cuando esa cosa se pierde o destruye sin responsabilidad del deudor y antes de que este incumpla su obligación. En otras palabras, si un deudor no ha sido puesto en mora y la cosa se destruye por caso fortuito o fuerza mayor, queda liberado de su obligación de entregar.

Resumen generado con IA. El texto legal que vale es el de abajo.

Texto vigente

Quedará extinguida la obligación que consista en entregar una cosa determinada cuando esta se perdiere o destruyere sin culpa del deudor y antes de haberse este constituido en mora.