Artículo 1601 del Código Civil de Honduras
En palabras simples
Las acciones rescisorias son demandas que buscan anular o dejar sin efecto ciertos contratos, pero solo pueden aplicarse contra terceros que posean bienes de buena fe en circunstancias muy especiales que la ley determine explícitamente. En otras palabras, si un tercero adquirió algo de buena fe y sin conocer los defectos del contrato original, generalmente está protegido de estas acciones rescisoras, a menos que la ley expresamente permita lo contrario.
Resumen generado con IA. El texto legal que vale es el de abajo.
Texto vigente
Las acciones rescisorias no podrán hacerse efectivas contra terceros poseedores de buena fe, sino en los casos expresamente señalados por la ley.