Artículo 1631 del Código Civil de Honduras

En palabras simples

El vendedor debe garantizar al comprador que la cosa vendida está en posesión legal y pacífica, y que no tiene vicios u defectos ocultos. En caso de incumplimiento de estas garantías, el vendedor es responsable ante el comprador por los daños que se deriven de la falta de posesión legal o de la existencia de defectos ocultos en la cosa vendida.

Resumen generado con IA. El texto legal que vale es el de abajo.

Texto vigente

En virtud del saneamiento a que se refiere el artículo 1620, el vendedor responderá al comprador:

De la posesión legal y pacífica de la cosa vendida.De los vicios o defectos ocultos que tuviere.