Artículo 1648 del Código Civil de Honduras
En palabras simples
En las ventas judiciales no se puede responsabilizar al vendedor por daños y perjuicios, aunque sí se aplican todas las demás obligaciones y normas establecidas en los artículos anteriores sobre venta. Esta disposición protege al vendedor en procesos judiciales de ciertas consecuencias, pero no lo exonera de cumplir con sus otras obligaciones legales en la transacción.
Resumen generado con IA. El texto legal que vale es el de abajo.
Texto vigente
En las ventas judiciales nunca habrá lugar a la responsabilidad por daños y perjuicios; pero sí a todo lo demás dispuesto en los artículos anteriores.