Artículo 1680 del Código Civil de Honduras
En palabras simples
La permuta (intercambio de bienes) seguirá las mismas reglas que establece la ley para la compraventa cuando no exista una regulación específica en la ley. Por lo tanto, los principios, derechos y obligaciones aplicables a la venta se aplican también a la permuta en lo que sea compatible.
Resumen generado con IA. El texto legal que vale es el de abajo.
Texto vigente
En todo lo que no se halle especialmente determinado en este Título, la permuta se regirá por las disposiciones concernientes a la venta.