Artículo 1690 del Código Civil de Honduras

En palabras simples

El arrendador tiene la obligación de entregar la cosa arrendada al inquilino en condiciones adecuadas para su uso previsto y mantenerla en ese estado durante toda la duración del contrato. Además, debe garantizar que el arrendatario disfrute de la propiedad sin interrupciones, perturbaciones o impedimentos de ninguna clase durante el período de arrendamiento.

Resumen generado con IA. El texto legal que vale es el de abajo.

Texto vigente

El arrendador es obligado:

A entregar al arrendatario la cosa arrendada.A mantenerla en estado de servir para el fin a que ha sido arrendada.A librar al arrendatario de toda turbación o embarazo en el goce de la cosa arrendada.