Artículo 1739 del Código Civil de Honduras

En palabras simples

El arrendador puede desalojar al inquilino si utiliza la propiedad para actividades ilícitas o, cuando está autorizado a subarrendar, si arrienda a personas con conducta notoriamente mala, siendo estos últimos también pasibles de expulsión.

Resumen generado con IA. El texto legal que vale es el de abajo.

Texto vigente

El arrendador tendrá derecho para expeler al inquilino que empleare la casa o edificio en un objeto ilícito, o que teniendo facultad de subarrendar, subarriende a personas de notoria mala conducta, que, en este caso, podrán ser igualmente expelidas.