Artículo 1808 del Código Civil de Honduras

En palabras simples

La sociedad de todos los bienes presentes es un contrato mediante el cual los socios aportan y comparten la propiedad de todos sus bienes muebles e inmuebles que poseen en ese momento, así como las ganancias que estos bienes generen. Este tipo de sociedad implica una comunidad total de patrimonio entre los contratantes, quienes se benefician conjuntamente de los rendimientos de los bienes aportados.

Resumen generado con IA. El texto legal que vale es el de abajo.

Texto vigente

Sociedad de todos los bienes presentes es aquella por la que los contratantes ponen en común todos los bienes muebles y raíces que poseen actualmente y las utilidades que unos y otros pueden producir.