Artículo 1821 del Código Civil de Honduras
En palabras simples
Cuando se disuelve una sociedad universal, los bienes se distribuyen en partes iguales entre todos los socios, a menos que exista un acuerdo previo que establezca una división diferente. Esta regla garantiza que cada socio reciba una porción equitativa del patrimonio social al momento de la terminación de la asociación.
Resumen generado con IA. El texto legal que vale es el de abajo.
Texto vigente
Disuelta la sociedad universal, se dividirán con igualdad entre los socios los bienes respectivos, siempre que no haya estipulación en contrario.