Artículo 1869 del Código Civil de Honduras
En palabras simples
La sociedad no tiene responsabilidad sobre los documentos firmados con su nombre si las obligaciones que originaron esos documentos no son asuntos que le correspondan a la sociedad y el tercero que los aceptó conocía esta situación. Esto significa que la sociedad puede evadir su responsabilidad legal cuando la otra parte sabía que la obligación no era un negocio de la sociedad.
Resumen generado con IA. El texto legal que vale es el de abajo.
Texto vigente
La sociedad no es responsable de los documentos suscritos con la razón social, cuando las obligaciones que los hubieren causado no le conciernan y el tercero los aceptare con conocimiento de esta circunstancia.