Artículo 1876 del Código Civil de Honduras
En palabras simples
Los socios de una sociedad responden por las deudas de la empresa de forma proporcional al valor de sus cuotas o participaciones en la sociedad. Esta responsabilidad se aplica tanto frente a los acreedores externos como en las relaciones internas entre los propios socios.
Resumen generado con IA. El texto legal que vale es el de abajo.
Texto vigente
Los socios responden en proporción a sus cuotas, tanto a los acreedores como entre sí.