Artículo 2027 del Código Civil de Honduras

En palabras simples

La persona que debe proporcionar un fiador debe presentar a alguien que sea legalmente capaz de contraer obligaciones y que posea bienes suficientes para garantizar el cumplimiento de la obligación. El fiador queda sometido a la jurisdicción del tribunal del lugar donde debe cumplirse la obligación que garantiza.

Resumen generado con IA. El texto legal que vale es el de abajo.

Texto vigente

El obligado a dar fiador debe presentar persona que tenga capacidad para obligarse y bienes suficientes para responder de la obligación que garantiza. El fiador se entenderá sometido a la jurisdicción del juez del lugar donde esta obligación debe cumplirse.