Artículo 2136 del Código Civil de Honduras

En palabras simples

La hipoteca constituida sobre un inmueble que no pertenece al deudor es nula y puede ser cuestionada por el propietario verdadero, por los compradores posteriores del inmueble y hasta por el mismo deudor que la constituyó, siempre que no haya actuado de mala fe. Esta nulidad protege a quienes tienen derechos legítimos sobre el bien hipotecado indebidamente.

Resumen generado con IA. El texto legal que vale es el de abajo.

Texto vigente

La nulidad de la hipoteca constituida sobre inmuebles ajenos, puede ser alegada no solo por el propietario del inmueble, sino aun por aquellos a quienes el constituyente hubiese vendido el inmueble después de ser dueño de él, y aun por el mismo constituyente, a menos que hubiese obrado de mala fe.