Artículo 2216 del Código Civil de Honduras
En palabras simples
En una copropiedad, cada copropietario puede exigir a los demás que contribuyan proporcionalmente a los gastos necesarios para mantener y conservar la cosa común. Sin embargo, los copropietarios que no deseen participar en estos gastos tienen la opción de abandonar sus derechos sobre la propiedad para eximirse de dicha obligación.
Resumen generado con IA. El texto legal que vale es el de abajo.
Texto vigente
Cada uno de los partícipes tiene derecho a obligar a los otros a que contribuyan con él a los gastos necesarios para la conservación de la cosa común, sin perjuicio de la facultad que tienen los primeros de eximirse de ella abandonando sus derechos de copropietarios.