Artículo 253 del Código Civil de Honduras
En palabras simples
El padre puede perder la administración de los bienes de su hijo si actúa con dolo (intención de causar daño) o con negligencia grave y habitual en el manejo de esos bienes. Además, cuando la patria potestad se suspende por orden de un juez, el padre automáticamente pierde el derecho de administrar los bienes del hijo.
Resumen generado con IA. El texto legal que vale es el de abajo.
Texto vigente
Habrá derecho para quitar al padre de familia la administración de los bienes del hijo, cuando se haya hecho culpable de dolo o de grave negligencia habitual.
No tendrá el padre la administración de los bienes del hijo, cuando se suspenda la patria potestad por decreto judicial.