Artículo 424 del Código Civil de Honduras

En palabras simples

La guarda es ejercida bajo la supervisión del juez que la otorgó y del representante del Ministerio Público, quienes tienen la responsabilidad de velar por su correcto cumplimiento. Esta vigilancia judicial y fiscal garantiza que los derechos del menor o incapaz bajo guarda sean protegidos adecuadamente.

Resumen generado con IA. El texto legal que vale es el de abajo.

Texto vigente

La guarda se ejercerá bajo la vigilancia del juez que hubiere discernido el cargo, y del representante del Ministerio Público.