Artículo 445 del Código Civil de Honduras

En palabras simples

La tutela dativa es aquella que se establece cuando no existe otra forma de protección legal para una persona que lo requiere. Se trata de una medida subsidiaria que el juez decreta para garantizar la representación y cuidado de menores o incapaces cuando no hay tutores o curadores designados por ley o testamento. Esta tutela asegura que toda persona en situación de vulnerabilidad cuente con la protección judicial necesaria.

Resumen generado con IA. El texto legal que vale es el de abajo.

Texto vigente

A falta de otra tutela o curaduría, tiene lugar la dativa.