Artículo 582 del Código Civil de Honduras

En palabras simples

El tutor o curador testamentario que es aceptado en su excusa pierde completamente la asignación económica que recibía como remuneración por su trabajo. Sin embargo, si la excusa surge durante el ejercicio del cargo, solo pierde la parte proporcional correspondiente al tiempo en que no ejerció sus funciones.

Resumen generado con IA. El texto legal que vale es el de abajo.

Texto vigente

Las excusas aceptadas privan al tutor o curador testamentario de la asignación que se le haya hecho en remuneración de su trabajo.

Pero las excusas sobrevinientes le privarán solamente de una parte proporcional.