Artículo 642 del Código Civil de Honduras

En palabras simples

Cuando las líneas de demarcación de dos propiedades se intersectan antes de alcanzar el agua, formando un triángulo con la orilla acuática, ese triángulo se divide equitativamente entre ambas heredades mediante una línea recta que parte del punto de intersección hacia el agua. Esta línea recta que divide el triángulo en dos partes iguales constituye la línea divisoria definitiva entre las dos propiedades.

Resumen generado con IA. El texto legal que vale es el de abajo.

Texto vigente

Siempre que prolongadas las antedichas líneas de demarcación, se corten una a otra, antes de llegar al agua, el triángulo formado por ellas y por el borde del agua, accederá a las dos heredades laterales; una línea recta que lo divida en dos partes iguales, tirada desde el punto de intersección hasta el agua, será la línea divisoria entre las dos heredades.