Artículo 681 del Código Civil de Honduras
En palabras simples
Cualquier persona puede solicitar permiso al dueño de una propiedad para excavar en el terreno con el fin de recuperar dinero o joyas que le pertenezcan y estén enterrados en él. Si la persona identifica el lugar exacto donde están ocultos los bienes y ofrece garantías de reparar cualquier daño causado a la propiedad, el dueño está obligado a permitir la extracción y no puede negarse ni oponerse.
Resumen generado con IA. El texto legal que vale es el de abajo.
Texto vigente
Al dueño de una heredad o de un edificio podrá pedir cualquier persona el permiso de cavar en el suelo para sacar dinero o alhajas que asegure pertenecerle y estar escondidos en él, y si señalare el paraje en que están escondidos y diere competente seguridad de que abonará todo perjuicio al dueño de la heredad o edificio, no podrá este negar el permiso ni oponerse a la extracción de dichos dineros o alhajas.