Artículo 837 del Código Civil de Honduras

En palabras simples

Los gastos de construcción, mantenimiento y reparación de un cerramiento compartido deben ser pagados por todos los propietarios en proporción a sus derechos sobre él. Cualquier propietario puede liberarse de estos gastos abandonando su derecho de medianería, siempre que el cerramiento no sea una pared que sostenga un edificio de su propiedad.

Resumen generado con IA. El texto legal que vale es el de abajo.

Texto vigente

Las expensas de construcción, conservación y reparación del cerramiento, serán a cargo de todos los que tengan derecho de propiedad en él, a prorrata de los respectivos derechos.

Sin embargo, podrá cualquiera de ellos exonerarse de este cargo abandonando su derecho de medianería, pero solo cuando el cerramiento no consista en una pared que sostenga un edificio de su pertenencia.