Artículo 855 del Código Civil de Honduras

En palabras simples

Cuando una pared divisoria se convierte en medianera (propiedad compartida entre dos propietarios), desaparece automáticamente el derecho legal que tenía un dueño de recibir luz a través de esa pared. A partir de ese momento, solo es posible que exista el derecho de luz si ambos propietarios acuerdan voluntariamente permitirlo.

Resumen generado con IA. El texto legal que vale es el de abajo.

Texto vigente

Si la pared divisoria llega a ser medianera, cesa la servidumbre legal de luz, y solo tiene cabida la voluntaria, determinada por mutuo consentimiento de ambos dueños.