Artículo 973 del Código Civil de Honduras

En palabras simples

En ausencia de herederos legítimos, la herencia pasa al municipio donde la persona fallecida tenía su último domicilio. Esta norma garantiza que los bienes del difunto no queden sin dueño y sean destinados a beneficio de la comunidad local donde residía.

Resumen generado con IA. El texto legal que vale es el de abajo.

Texto vigente

A falta de todos(as) los(as) herederos ab intestato, sucederá el municipio en el que el causante haya tenido su último domicilio.