Artículo 1196 del Código de Comercio de Honduras
En palabras simples
En los seguros contra daños por granizo, el asegurado debe notificar el siniestro obligatoriamente dentro de veinticuatro horas después de que ocurra el evento. El asegurado tiene la facultad de modificar el estado de las cosas afectadas según sea necesario en cada situación.
Resumen generado con IA. El texto legal que vale es el de abajo.
Texto vigente
En el seguro contra los daños causados por el granizo, el aviso del siniestro debe darse precisamente dentro de las veinticuatro (24) horas siguientes a su realización. En esta clase de seguro, el asegurado tendrá la facultad de variar el estado de las cosas, de acuerdo con las exigencias del caso.