Artículo 1242 del Código de Comercio de Honduras
En palabras simples
Los herederos o causahabientes beneficiarios de un seguro se determinan siguiendo el orden de sucesión legal: primero los descendientes del asegurado y su cónyuge sobreviviente, y en su defecto, las otras personas que tengan derecho a heredar conforme a la ley. Este criterio garantiza que los beneficios del seguro se distribuyan de acuerdo con las normas de la herencia legítima establecidas en Honduras.
Resumen generado con IA. El texto legal que vale es el de abajo.
Texto vigente
Por herederos o causahabientes designados como beneficiarios deberá entenderse, primero, los descendientes que deban suceder al asegurado en caso de herencia legítima y el cónyuge que sobreviva, y después si no hay descendientes ni cónyuges, las demás personas con derecho a la sucesión.