Artículo 1259 del Código de Comercio de Honduras
En palabras simples
El asegurador asume la obligación de cubrir riesgos relacionados con la muerte o vida de los miembros de un grupo o empresa específico, basándose únicamente en su pertenencia a esa colectividad. Este tipo de seguro se financia mediante el pago de primas periódicas y no requiere que los asegurados se sometan a exámenes médicos obligatorios como condición previa.
Resumen generado con IA. El texto legal que vale es el de abajo.
Texto vigente
En el seguro de grupo o empresa, el asegurador se obliga por la muerte o la duración de la vida de una persona determinada, en razón simplemente de pertenecer al mismo grupo o empresa mediante el pago de primas periódicas, sin necesidad de examen médico obligatorio.