Artículo 1289 del Código de Comercio de Honduras
En palabras simples
La prenda es mercantil cuando se constituye en casas de empeño o en empresas que se dedican profesionalmente a otorgar préstamos o créditos garantizados con prenda. Igualmente, la prenda tiene carácter mercantil cuando recae sobre bienes considerados mercantiles.
Resumen generado con IA. El texto legal que vale es el de abajo.
Texto vigente
Será mercantil la prenda constituida en casas de empeño y en empresas que entre sus actividades profesionales tengan la de conceder préstamos o créditos con garantía prendaria. También lo es la que se constituye sobre cosas mercantiles.