Artículo 1291 del Código de Comercio de Honduras

En palabras simples

Las obligaciones mercantiles de cualquier tipo, incluyendo aquellas que tienen condiciones, plazos o modalidades especiales, pueden asegurarse mediante una prenda sobre bienes del deudor. Sin embargo, la prenda solo puede ejecutarse cuando la obligación principal se vuelva exigible, es decir, cuando llegue el momento de que el deudor debe cumplir con su obligación.

Resumen generado con IA. El texto legal que vale es el de abajo.

Texto vigente

Todas las obligaciones mercantiles, aun las condicionales, a plazo o modales pueden garantizarse con prenda, si bien la ejecución de esta dependerá de la exigibilidad de la obligación principal.