Artículo 1348 del Código de Comercio de Honduras

En palabras simples

En cada juzgado civil debe mantenerse un registro de personas aptas para desempeñarse como síndicos. La Secretaría de Hacienda, junto con las cámaras de comercio e industrias, es responsable de elaborar, imprimir y distribuir estas listas a los juzgados.

Resumen generado con IA. El texto legal que vale es el de abajo.

Texto vigente

En cada juzgado de letras de lo civil se llevará una lista de las personas que pueden ser designadas síndicos.

La Secretaría de Hacienda, Crédito Público y Comercio cuidará de preparar, imprimir y repartir las listas referidas, con la cooperación de las cámaras de comercio e industrias.