Artículo 135 del Código de Comercio de Honduras

En palabras simples

Los accionistas tienen derecho a exigir mediante un proceso judicial la emisión de certificados provisionales y, posteriormente, de títulos definitivos cuando se cumplan los plazos establecidos en los estatutos sociales o en la ley. Si la empresa no expide estos documentos dentro del tiempo correspondiente, el accionista puede recurrir ante los tribunales para obtenerlos.

Resumen generado con IA. El texto legal que vale es el de abajo.

Texto vigente

Los accionistas podrán exigir judicialmente la expedición de los certificados provisionales y, en su caso, la de los títulos definitivos, al concluirse los plazos previstos en los estatutos, o los legales en su defecto.