Artículo 1378 del Código de Comercio de Honduras

En palabras simples

Los interventores en un proceso de quiebra tienen la facultad de examinar libremente y de manera individual todos los libros contables, correspondencia y documentos relacionados con la quiebra. Esta libertad de inspección es amplia e irrestricta para que puedan cumplir adecuadamente con sus funciones de supervisión y control del patrimonio del deudor quebrado.

Resumen generado con IA. El texto legal que vale es el de abajo.

Texto vigente

Los interventores, para el exacto cumplimiento de las atribuciones que se les confieren, tendrán, incluso individualmente, la más amplia libertad de examinar los libros, correspondencia y demás papeles de la quiebra.