Artículo 139 del Código de Comercio de Honduras
En palabras simples
Los accionistas tienen el derecho de comprar nuevas acciones en proporción a las que ya poseen cuando la empresa aumenta su capital social, lo que se conoce como derecho preferente de suscripción. Este derecho debe ejercerse dentro de quince días contados a partir de la publicación del acuerdo que autoriza el aumento de capital.
Resumen generado con IA. El texto legal que vale es el de abajo.
Texto vigente
Los accionistas tendrán derecho preferente en proporción a sus acciones para suscribir las que se emitan en caso de aumento del capital social. Este derecho deberá ejercitarse dentro de los quince (15) días siguientes a la publicación del acuerdo respectivo.