Artículo 1408 del Código de Comercio de Honduras
En palabras simples
Los directores, administradores o liquidadores de una sociedad que quiebra de forma culpable o fraudulenta son responsables personalmente por los actos que causaron esa situación. Esta responsabilidad es individual y recae sobre quienes efectivamente cometieron o fueron responsables de las acciones que llevaron a la quiebra calificada como culpable o fraudulenta.
Resumen generado con IA. El texto legal que vale es el de abajo.
Texto vigente
Cuando la quiebra de una sociedad fuere calificada de culpable o fraudulenta, la responsabilidad recaerá sobre los directores, administradores
o liquidadores de la misma, que resulten responsables de los actos que califican la quiebra.