Artículo 1424 del Código de Comercio de Honduras

En palabras simples

El juez, después de revisar los reportes del síndico e interventor, determina si el quebrado y su familia reciben una pensión alimenticia, estableciendo su duración y monto. La decisión del juez puede ser impugnada por cualquier persona que tenga interés en el asunto.

Resumen generado con IA. El texto legal que vale es el de abajo.

Texto vigente

El juez, con vista del informe del síndico y de la intervención, decidirá sobre la concesión, término y cuantía de una pensión alimenticia para el quebrado y su familiar. Esta resolución podrá ser recurrida por cualquier interesado.