Artículo 1434 del Código de Comercio de Honduras
En palabras simples
La cuantía de los créditos que se pagan de forma periódica o reiterada se calcula sumando todos los abonos que están previstos. A cada uno de estos abonos se le pueden aplicar los descuentos que correspondan si se realizan pagos anticipados.
Resumen generado con IA. El texto legal que vale es el de abajo.
Texto vigente
La cuantía de los créditos por prestaciones periódicas o reiteradas, se determinará mediante la suma de los abonos previstos, y a cada uno de los mismos se le aplicará lo dispuesto sobre descuentos por pagos anticipados.