Artículo 1441 del Código de Comercio de Honduras

En palabras simples

El quebrado que continúa operando su empresa debe cumplir obligatoriamente con todos los contratos que estén vinculados a esa actividad empresarial. Esta obligación se mantiene mientras la empresa siga funcionando, independientemente de la situación de quiebra. En otras palabras, la continuación de las operaciones comerciales implica la responsabilidad de honrar los compromisos contractuales adquiridos.

Resumen generado con IA. El texto legal que vale es el de abajo.

Texto vigente

Si hubiere continuado en marcha la empresa del quebrado, será siempre obligado al cumplimiento de los contratos relacionados con la misma.