Artículo 1452 del Código de Comercio de Honduras
En palabras simples
El contrato de obra a precio alzado se termina automáticamente cuando una de las partes se declara en quiebra, es decir, cuando pierde su capacidad de pago. Esta resolución ocurre de forma inmediata sin necesidad de que la otra parte realice trámites adicionales, protegiendo así los intereses de ambas partes ante la insolvencia.
Resumen generado con IA. El texto legal que vale es el de abajo.
Texto vigente
El contrato de obra a precio alzado se resolverá por la quiebra de una de las partes.