Artículo 1472 del Código de Comercio de Honduras

En palabras simples

El síndico puede omitir el sellado de los bienes si considera que el inventario puede redactarse en una sola jornada desde que inicia la ocupación. Esta excepción busca simplificar el procedimiento cuando la cantidad de bienes o su naturaleza permite completar el inventario de manera rápida y eficiente.

Resumen generado con IA. El texto legal que vale es el de abajo.

Texto vigente

Si al tiempo de iniciarse la ocupación, el síndico previere la posibilidad de redactar el inventario en un solo día, se prescindirá del sellado de los bienes.